viernes, 29 de enero de 2016

¿QUÉ ES EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS?

Es el Organismo perteneciente al Ministerio de Economía encargado de asumir los riesgos de carácter extraordinario que el sector privado no puede asumir por si mismo y donde el Estado adquiere un papel protector. Para ello este organismo obtiene de cada contrato de seguro un porcentaje determinado en función de la tipología del seguro que se trate y en caso de que se materialicen determinados riesgos, actúa valorando los daños e indemnizando siguiendo las mismas reglas que en el propio contrato de seguro que exista.

Las principales coberturas son: Terrorismo, terremotos, maremotos, riadas, daños por condiciones meteorológicas cuando el viento supere la intensidad de 120 Km. por hora, aseguramiento de vehículos por el seguro obligatorio de circulación cuando al menos dos Aseguradoras rechacen la cobertura de determinados riesgos, seguro obligatorio de viajeros, etc. Además el Consorcio de Compensación de Seguros tiene funciones de control y administración cuando alguna aseguradora sea intervenida o se encuentre en liquidación.



• Hacerse cargo de los daños materiales y personales ocasionados por riesgos extraordinarios tales como: temporales, riadas, maremotos, inundaciones, terremotos, terrorismo, etc.

• Actuar como Asegurador cuando el sector privado no pueda dar cobertura en seguros obligatorio. (seguro obligatorio circulación vehículos a motor).

• Dar cobertura en daños materiales por daños derivados de la conducción de un vehículo sin seguro en vigor (conociendo el causante del daño). Dar cobertura en daños personales (atropellos) causados por vehículos desconocidos dados a la fuga.

• Asumir las obligaciones y derechos y atender a los Clientes de las Aseguradoras en proceso de liquidación.


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