viernes, 29 de marzo de 2013

CUIDADO CON LO QUE DECLARAMOS AL CONTRATAR UN SEGURO DE VIDA

La ley 50/80 de Contrato de Seguros menciona en su Artículo 89, que en caso de inexactitud en las declaraciones del tomador, que influyan en la estimación del riesgo, se estará a lo establecido en las disposiciones generales de la Ley. Se refiere a las contenidas en el Art. 10.3. Es artículo viene a decir que el asegurador podrá impugnar el contrato.

Sin embargo, esta facultad del asegurador tiene límites. Así, según la Cláusula de indisputabilidad, contenida en el citado art. 89, el asegurador no podrá impugnar el contrato una vez transcurrido el plazo de un año, a contar desde la fecha de su conclusión, a no ser que las partes hayan fijado un término más breve en la póliza y, en todo caso, salvo que el tomador del seguro haya actuado con dolo. Quiere decir, que si en la declaración efectuada por el Tomador en el cuestionario de adhesión al seguro, contenía inexactitudes a sabiendas de que lo eran, (por ejemplo: había sido informado de que sufría un cáncer y no mencionó estar padeciendo enfermedad alguna), entonces el asegurador puede impugnar el contrato, y de ocurrir el siniestro, no pagar la indemnización.


Ahora bien, no necesariamente, la falta de exactitud en estas declaraciones han de ser consideradas mala fe o dolo. Éstas habrán de ser probadas por el asegurador. Y deberá encontrarse relación causa efecto entre la declaración inexacta y el siniestro. Recomendamos leer la sentencia del Supremo, sobre una declaración negativa de un asegurado a la pregunta de si padecía alguna afección o trastorno del tipo, Perturbaciones funcionales o de glándulas: diabetes, gota, etc. El asegurado, que falleció, padecía una Diabetes Mellitus desde hacía aproximadamente unos 10 años siendo insulino dependiente desde hacía cuatro. (TS Sala de lo Civil. Sentencia 635/2007). La beneficiaria recibió la indemnización.

La concurrencia de dolo o culpa grave del asegurado o del tomador en la declaración del riesgo corresponde acreditarlo al asegurador. Cuando el asegurado declara alguna dolencia, que puede ser considerada factor de riesgo, el asegurador viene obligado a poner los medios necesarios para determinar el verdadero alcance de lo declarado, soportando las consecuencias perjudiciales que de ello se deriven si no lo hace.


Se exceptúa de esta norma los errores o inexactitudes relativas a la edad del asegurado, que se regula en el artículo siguiente, según el cual, el asegurador sólo podrá impugnar el contrato si la verdadera edad del asegurado en el momento de la entrada en vigor del contrato excede de los límites de admisión que estableció el asegurador.

jueves, 28 de marzo de 2013

GENERALI SEGUROS

La compañía fue fundada en 1831 bajo el nombre de Assicurazioni Generali Autro-Italiche y tres años más tarde se establece en España. En 1848 cambia su nombre y pasa a denominarse Assicurazioni Generali y adopta como símbolo el león de San Marcos.


Desde la Delegación inaugurada en España, Generali incorporó paulatinamente a su Grupo diversas compañías locales. En la década de los noventa Generali tomó el control de diversas entidades entre las que cabe destacar Banco Vitalicio, Estrella Seguros, Hermes y La Vasco Navarra.


A finales de los noventa, Generali reestructuró sus actividades hasta vertebrar su negocio en dos compañías: Estrella Seguros y Vitalicio; empresas controladas jurídicamente por Generali España Holding que se convirtió en el centro de decisión estratégico en nuestro país. Para el aprovechamiento de las economías de escala, Generali integró en una Agrupación de Interés Económico (GENERALI A.I.E) sus servicio comunes: informática, inversiones, recursos humanos, contabilidad, organización, compras, tramitación de siniestros, etc.


En los últimos años Generali ha desarrollado una Joint Venture con Cajamar para la distribución de seguros a través de su red de sucursales. Más importante si cabe fue el anuncio en septiembre de 2009, referente a la integración de las compañías Estrella Seguros y Vitalicio para operar bajo la marca de Generali Seguros. El proceso de integración culminó en julio de 2010.


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martes, 26 de marzo de 2013

SEGUROSBROKER HA PRESENTADO EL NUEVO SEGURO DE COCHES PREPAGO DE KILÓMETROS

En el marco de la semana del Seguro 2.013, Emilia Revilla y Luis Collar hicieron la presentación del nuevo seguro de coches de Segurosbroker, Prepago de Kilómetros.

La presentación del nuevo producto de coches, Prepago de Kilómetros, se llevó a cabo en el transcurso de un acto patrocinado por Towers Watson y Segurosbroker sobre la situación actual del seguro de coches.

Durante la presentación del nuevo seguro de Prepago de Kilómetros, Luís Collar hizo especial énfasis en la importancia que supone pagar la prima del seguro de coches, en función del número máximo de kilómetros que el asegurado efectuará con su coche.


Este nuevo producto, va dirigido especialmente a aquellos conductores que en principio no utilizan en exceso su coche, con un máximo de 15.000 kilómetros al año y cobertura de seguros de coche a Todo Riesgo.

La idea del nuevo seguro es que los clientes paguen el precio justo de su seguro en función del número exclusivo de kilómetros que los asegurados consuman.

El concepto del seguro es Pay as you drive, o sea paga en función de lo que conduces, teniendo asimismo otras variables que inciden de manera directa en el precio, como el tipo de conducción, los kilómetros efectuados en horario diurno o nocturno y seguir un adecuado cumplimiento de las normas de la seguridad vial.

La ventaja para los asegurados es que conocen el precio de su seguro y una vez consumidos los kilómetros contratados, finaliza también la cobertura de las garantías suscritas.


Los asegurados siempre tendrán la posibilidad de contratar más kilómetros, en el supuesto de que estos se consuman, mediante la reposición de la prima correspondiente dentro de la anualidad de seguro.

La novedad que supone este nuevo seguro de coches Prepago de Kilómetros, ha supuesto una muy buena acogida dentro del propio sector de seguros.

Gong Bembibre es Auxiliar Externo de Segurosbroker Coberplán S.L., con autorización D.G.S.F.P. clave J-1623.

lunes, 25 de marzo de 2013

AFECTADOS POR EL TEMPORAL FEBRERO 2.013

Si usted sufrió daños en sus bienes, como inmuebles o automóviles, debido al temporal que, durante los días 2 a 7 de febrero de 2013, se produjo en diversas zonas de España y tenía un seguro, debe saber que el Consorcio de Compensación de Seguros cubrirá dichos daños y que por lo tanto, o bien el Consorcio o su compañía de seguros le indemnizará por los daños sufridos.


El Consorcio de Compensación de Seguros ha hecho pública la relación de municipios afectados por las tres tempestades a las que se refiere esta nota.

LAS EMPRESAS DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES DEBERÁN TENER UN SEGURO DE RC PROFESIONAL

Las empresas que llevan a cabo el mantenimiento y conservación de los ascensores, deberán suscribir obligatoriamente por Ley un seguro de responsabilidad civil profesional.

Recientemente el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto por el que regula una Nueva Instrucción Técnica Complementaria para Ascensores, en el que se establece entre otras medidas, la suscripción obligatoria de un seguro de Responsabilidad Civil Profesional que pueda cubrir los daños derivados de una prestación de servicio.


El Real Decreto contiene asimismo, las instrucciones técnicas específicas y las exigencias mínimas de seguridad que incumbirán a los edificios, a los de nueva construcción y a los preexistentes.

Entre las obligaciones que se exigen en el presente Real Decreto, figura la de la declaración responsable por parte de los titulares de las empresas o sus representantes legales, manifestando que cumplen los requisitos exigidos para llevar a cabo la Inspección Técnica.


Otro de los requisitos de obligado cumplimiento que figuran en el Real Decreto, es la obligación que recae en las empresas que llevan a cabo trabajos de mantenimiento y conservación de los ascensores, para contratar de manera ineludible un seguro de Responsabilidad Civil Profesional, para poder proseguir bajo cobertura legal con su labor profesional.

La exigencia que hace relación a la contratación obligatoria de un seguro de Responsabilidad Civil Profesional para estas empresas, estipula asimismo una cobertura mínima por siniestro derivada de su actividad de 300.000 euros.

domingo, 24 de marzo de 2013

CÓMO RELLENAR UN PARTE AMISTOSO DE ACCIDENTE

Tan importante es tener un buen seguro de coche, como llegado el momento, saber rellenar un parte amistoso de accidente o parte europeo de accidente.

Como lo normal no es que vayas teniendo siniestros cada dos por tres, lo que suele ocurrir es que, el día que tienes un accidente con el coche no sabes por dónde empezar. Depende de cómo sea el susto, te puedes poner hecho un manojo de nervios y rellenar mal el parte amistoso de accidente.

A veces el contrario puede perder los papeles o intenta zafarse de su responsabilidad según vea con quien se encuentra y de las circunstancias. Hay mucha picaresca en esto de los accidentes de coche. Te puedes encontrar de todo. Gente que no lleva seguro,  algún conductor que no tiene la póliza en vigor, un conductor bebido o simplemente alguien que no quiere perder la bonificación de su seguro aunque supongan unos pocos euros. Así que te recomiendo que te andes con ojo y no vayas de inocentón.

Es muy importante que cumplimentes correctamente el parte amistoso de accidente, porque de eso va a depender que puedas reparar el daño con cargo a la compañía del contrario culpable. O si has sido tú el responsable, que la parte contraria no te intente sacar más de lo que le corresponde y te cargue con más culpa de la que debe. Porque repito, te puedes encontrar de todo.

Todas las compañías de seguros suelen entregar junto con la documentación de la póliza un modelo de parte europeo de accidente. Procura llevar siempre uno con los papeles del seguro. Veamos como rellenar correctamente un parte amistoso de accidente.

Es indistinto quien de los implicados aporte el parte amistoso de accidente, pero es fundamental que no se rellene más que un único documento. Viene con una calca, luego habrá una copia idéntica para cada uno. Es una obviedad, pero a veces por inexperiencia se pueden hacer muchas tonterías.

Para rellenar correctamente el parte amistoso de accidente, es fundamental que si eres tú quien rellena el parte, tengas las pólizas y los permisos de conducir delante para copiarlos literalmente. Nunca transcribas lo que la otra parte te dicte de viva voz.

Para comenzar a rellenar el parte de accidente, tienes que indicar en el encabezado, la fecha, la hora, el lugar, si ha habido víctimas y/o daños materiales.


A continuación hay que identificar los vehículos, los datos del seguro (asegurado, vehículo, aseguradora, póliza, etc), datos de contacto y los datos del permiso de circulación del conductor. Puede ser una persona distinta a la del tomador de la póliza o asegurados. A continuación hay que indicar los daños de ambos vehículos y dibujar un croquis esquemático que describa como ha sido el accidente.

Es indistinto quien sea vehículo A o B para determinar la culpabilidad. Eso no tiene nada que ver. Lo determinarán las aseguradoras en base a la declaración amistosa aportada. Marca lo que corresponda en el apartado 12, relativo a las circunstancias. Estas indicaciones, junto con el croquis y la declaración de daños, servirán para acreditar lo ocurrido. Se cuidadoso con lo que marcas y lo que finalmente se firma.

El parte amistoso es lo que va a determinar la responsabilidad de los daños. Hay determinadas circunstancias, que van a implicar la responsabilidad de uno u otro vehículo. Un error en la declaración de circunstancias y te pueden imputar la responsabilidad sin tenerla.

Si está muy, muy claro quien ha sido el culpable y de mutuo acuerdo así queréis hacerlo constar, puedes poner al pie del parte amistoso de accidente, en observaciones quien se hace responsable. No obstante, luego las compañías aseguradoras, serán quienes en última instancia resuelvan a quien imputan la responsabilidad del siniestro.


¿Qué datos como mínimo, debes indicar correctamente en el parte amistoso de accidente?

Si la situación te supera, están los ánimos bastante alterados o no sabes que hacer, al menos como mínimo anota la matrícula y el modelo de coche de la parte contraria. Con la matricula, tu seguro podrá obtener a través del Consorcio de compensación de seguros los datos de la póliza de seguro de coche del contrario. Y en la Dirección General de Tráfico, se podrán obtener los datos del propietario del vehículo.

De otro modo, el conductor culpable podría eludir su responsabilidad y negar haberse visto involucrado en el accidente sin reparar el daño causado.

Si por descuido tuyo o mala fe de la parte contraria, finalmente rellenas un parte amistoso de accidente de forma incorrecta, con datos falsos o inexactos, en último caso podría hacerse cargo el Consorcio de Compensación de Seguros.


De todos modos te voy hacer dos recomendaciones si tienes un accidente de coche. Si no te pones de acuerdo a la hora de rellenar el parte europeo de accidente, llama a la policía para que sean ellos quienes elaboren el atestado. También puedes llamar a tu seguro para que te ayude.

Por otro lado si tienes un accidente en el que la parte contraria colabora de manera excesivamente amistosa desconfía y llama también a la policía. Quizá no debiera decirte esto. Pero a no ser que, habiendo verificado la exactitud de los datos aportados, veas que el otro conductor va bebido o bajo otras circunstancias que puedan invalidar la cobertura del seguro de la otra parte, no llames a la policía. Pues te puedes ver envuelto como testigo en un juicio de faltas y el seguro de la otra parte no se hará cargo de los daños.

Al final el seguro de coche está para responder de los daños personales y económicos que se puedan generar de la conducción de un vehículo. No hagamos tonterías y complicamos las cosas por no perder bonificación en el seguro o por arañar unos euros en la póliza de coche declarando información inexacta.

Fuente: Ahorro Capital

jueves, 21 de marzo de 2013

SEGURO OBLIGATORIO DE RC PARA LOS FIRMANTES DE CERTIFICADOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA

Los firmantes de certificados de eficiencia energética estarán obligados por ley a contratar un seguro obligatorio de RC.

Según ha informado la Asociación Española de Grupos Empresariales de Inspección y Certificación, AEGIO, el nuevo Real Decreto de Certificación Energética de Edificios que se halla en fase de aprobación, recoge diversas cuestiones que inciden de manera especial tanto a los consumidores finales como a sectores profesionales involucrados.


Este Nuevo Real Decreto apunta asimismo la obligación por parte de los técnicos que suscriban certificados de eficiencia energética de edificios, a contratar un seguro obligatorio de RC para poder desempeñar su labor.

La necesidad de contratar un seguro obligatorio de RC viene condicionada por la responsabilidad que pueden contraer los profesionales por la acreditación de los datos que figuren en sus informes, siendo la vigencia del certificado de diez años.


La cobertura del seguro de responsabilidad civil deberá abarcar por tanto el periodo de vigencia del certificado emitido por los profesionales.

Fuente: Segurosbroker

martes, 12 de marzo de 2013

FICHERO FICO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

¿Qué es el fichero FICO?

Es una base de datos que comparten las aseguradoras donde figura la siniestralidad de la Comunidad de Propietarios.

Este fichero fue desarrollado en España para ICEA (Investigación Cooperativa entre Entidades Aseguradoras)


¿Cómo afecta la inclusión en el fichero FICO a la Comunidad de Vecinos?

Normalmente es un dato  que desconoce la comunidad hasta el momento en que se plantea cambiar de compañía y es informada de que no puede contratar con tal o cual aseguradora por estar incluidos en el fichero FICO, o bien no se incluirán determinadas coberturas.

Estas coberturas rechazadas  suelen ser habitualmente:
1.  Daños por agua
2.  Responsabilidad Civil derivada de daños por agua
3.  Responsabilidad Civil derivada de desprendimientos de fachada.


¿Cómo pueden las Comunidades de Propietarios enfocar esta inclusión en el fichero FICO?

Parece claro que al estar incluidos en estos ficheros solo tendremos una repercusión negativa vía aumento de precio de la prima contratada e imposibilidad de contratar con otras compañías o bien  a un coste elevado.


Medidas remendadas:

1) Limitar el número de partes que se dan a las aseguradoras. Habrá que evaluar si el siniestro está cubierto o no por la póliza, ya que aunque, no este cubierto, contará como un “siniestro” más, ya que ha sido atendido por el perito o profesional correspondiente.

2) Valorar si interesa dar el parte a la compañía de seguros, ya que, en caso de existir franquicia, si el importe de la reparación supera mínimamente la franquicia contratada no interesa,  ya que estadísticamente aumenta nuestra siniestralidad con todos los problemas que ello conlleva.

3) En caso de no poder definir si el siniestro es debido a un elemento común o privativo, preferiblemente que se dé el parte desde el seguro de la vivienda particular, ya que este último  acumulara menos siniestralidad.

4) No pretender “pasar” al seguro daños que no le corresponden, a la larga repercute en la prima anual así como en las coberturas. No olvidar que tener las más amplias coberturas es de vital importancia en siniestros de gran amplitud.


Gong Bembibre te ofrece el mejor seguro para tu Comunidad de Propietarios

lunes, 11 de marzo de 2013

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE SEGUROS DE DECESOS

En Gong Bembibre te ofrecemos la respuesta a tus PREGUNTAS FRECUENTES sobre los SEGUROS DE DECESOS. 

¿Cuánto se paga en un seguro de decesos?
 Se paga una prima anual que dependerá de la edad. Cuanto más joven se contrate, menos se pagará.

¿Quién puede contratar un seguro de decesos?
Cualquier persona. Dependiendo de la compañía la edad límite de entrada variará entre los 65 y los 80 años de edad.


¿Cuándo se termina un seguro de decesos?
Existen 3 formas de terminar un seguro de decesos:
1) Por impago de la prima.
2) Por deseo expreso del tomador de la póliza.
3) Por prestación del servicio (fallecimiento).

¿Qué es la antigüedad en un seguro de decesos?
Es un mito. La creencia popular de que la antigüedad en una póliza de seguro de decesos tiene algún valor o que nos da alguna ventaja es falsa.

Por ejemplo, si encontramos una compañía que nos ofrece todos los derechos de asistencia desde el primer día y mejor precio, habremos desmontado este mito:
- Tendremos los mismos derechos de asistencia en caso de fallecimiento.
- Estaremos pagando menos desde el primer día.

También es conveniente preguntarse por qué las compañías de las que sus agentes hablan de antigüedad son, precisamente, las que más han subido los precios. "Que no te cuenten historias"


¿Me puedo cambiar de compañía?
Siempre que se desee y tantas veces como se quiera porque encuentres una compañía que te ofrezca mejores condiciones y/o precios (exactamente igual que de seguro de hogar).

¿Cómo se paga?
Tradicionalmente los seguros de decesos se pagaban mensualmente, pero como todos los seguros tienen, en realidad, prima anual, y cuanto más pequeño sea el fraccionamiento (ej: mensualmente), más estaremos pagando en recargos.


¿Las compañías de seguros de decesos trabajan en toda España?
Sí. Todas las Compañías trabajan en toda España porque tienen acuerdos con las funerarias de todas las localidades, y el servicio se solicita en un teléfono de asistencia 24 horas, de igual forma desde cualquier punto del país, o del mundo, si es necesario un traslado internacional.

En GONG BEMBIBRE te ofrecemos los SEGUROS DE DECESOS más completos del mercado a unos precios sin competencia y sin desmerecer en coberturas.

viernes, 8 de marzo de 2013

JUSTIFICANTE DE BONIFICACIÓN POR NO SINIESTRO

Si está pensando cambiar de aseguradora, nos gustaría que supiese que la compañía con la que tiene contratado seguro en la actualidad  está obligada a facilitarle el certificado de siniestralidad en el plazo máximo de 15 días hábiles.

Puede pedírselo por teléfono o fax.


Legislación: Ley 21/2007 por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004 - Artículo 2.7 - "Certificación de antecedentes siniestrales":
"Las entidades aseguradoras deberán expedir a favor del propietario del vehículo y del tomador del seguro del vehículo asegurado, en caso de ser persona distinta de aquél, previa petición de cualquiera de ellos, y en el plazo de quince días hábiles, certificación acreditativa de los siniestros de los que se derive responsabilidad frente a terceros, correspondientes a los cinco (5) últimos años de seguro, si los hubiere o, en su caso, una certificación de ausencia de siniestros."

jueves, 7 de marzo de 2013

NUEVO PRODUCTO: SEGURO DE BICICLETAS

Gong Bembibre en colaboración con Miotroseguro.com tienen el placer de presentarte el nuevo seguro de bicicletas de cotización y contratación web desde 35,10 € al año. Calcúlalo ahora.


Un seguro que podrían usar los 20,5 millones de españoles que tienen bicicleta de uso personal.

Un seguro para 15,7 millones que montan en bicicleta con frecuencia y  3 millones que la utilizan casi a diario.

Un sector que crece con más de 2 millones de bicicletas nuevas vendidas en los últimos 3 años.

España a la cabeza de Europa en accidentes. El 20,9% de los ciclistas ha sufrido un  accidente y el 17,4% ha sufrido el robo de su bicicleta.

Hemos puesto en marcha un producto de una aseguradora de prestigio con diversas opciones de contratación:

Un seguro que llevamos esperando años los aficionados a la bici y que nos permitirá asegurarnos sin tener que estar federados.

La ventaja de contratarlo con nosotros es la sencillez, la información, la rapidez y seguridad que ofrece la alianza GONG BEMBIBRE - MIOTROSEGURO.COM

viernes, 1 de marzo de 2013

NUEVO SEGURO DE MASCOTAS LIBERTY: DIFERENTES MODALIDADES EN FUNCIÓN DEL TAMAÑO

- Liberty Mascotas va destinado a cualquier propietario de un perro o gato destinado como animal de compañía o doméstico.

- Liberty Seguros ofrece tres modalidades dependiendo del animal: Liberty Mascotas Small, Medium y Large.

- Este seguro ofrece coberturas a los animales desde 3 meses hasta los 9 años de edad.


Liberty Seguros ha lanzado al mercado Liberty Mascotas, un producto que puede contratar a cualquier persona que sea propietario de un perro o gato como animal doméstico. Con este seguro, la compañía se encarga de cubrir cualquier riesgo de accidente o enfermedad que sufra la mascota.


Cada animal es diferente. Por ello, Liberty Seguros ofrece tres modalidades para que el cliente elija la que más se ajuste a su mascota:

- Liberty Mascotas Small: Acoge a gatos y perros de hasta 9 kilos aproximadamente. Entre las razas caninas destacan Caniche, Fox Terrier, Pequinés, Chihuahua, etc.

- Liberty Mascotas Medium: Para perros de 9 a 15 kilos. Incluiría a razas como el Beagle, Dálmata o Bulldog Francés.

- Liberty Mascotas Large: Se reserva para ejemplares de más de 15 kilos como los Golden Retriever, Pastor Alemán o razas como el Doberman.


Entre las coberturas básicas se encuentran la muerte del animal por accidente cubriendo todos los gastos en trámites. La asistencia veterinaria por enfermedad o accidente poniendo a disposición del cliente una red de especialistas. En caso de robo o extravío el seguro cubre los gastos de localización del animal y gastos de hospedaje hasta localización del propietario. O la estancia en residencia por hospitalización del propietario para cuidar a la mascota en su ausencia.

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AXA SEGUROS

El Grupo AXA tiene un negocio diversificado tanto en puntos geográficos como en mercados con una notable presencia en Europa, Norteamérica y Asia-Pacífico. En España, cuenta con unas profundas raíces en la historia empresarial y financiera de nuestro país. AXA tiene el firme objetivo de convertirse en la compañía preferida de su sector, diferenciándose en la calidad del producto ofrecido, por el servicio y por los resultados cumplidos.


La empresa comienza su andadura en España en 1846, de la mano de Paternelle y tras más de un siglo de creaciones y fusiones, en 1991 nace lo que hoy conocemos como AXA Seguros, fruto de la unión entre Mare Nostrum, SICA Vida, Unión Condal y Paternal SICA.
 
Años más tardes, hitos claves de la compañía han sido la absorción de Winterthur y Direct Seguros.


Si analizamos en concreto la presencia de la compañía en el mercado español veamos que, AXA España cuenta con un volumen de primas de 3.249 millones de euros, lo que le convierte en uno de los líderes del sector asegurador español, especialmente en el negocio de No Vida. Además, cuenta con más de cuatro millones de clientes, entre particulares y empresas, a través de las siguientes compañías:
- AXA Seguros Generales
- AXA Winterthur Salud
- AXA Vida
- AXA Aurora Vida
- AXA Pensiones


La estrategia comercial de AXA España está caracterizada por la multicanalidad. Asimismo, esta estrategia se basa en dos pilares fundamentales: la proximidad al mediador y al cliente, y la capacidad de asesoramiento personalizado.

Para hacer este crecimiento y expansión, AXA Seguros cuenta con una amplia red de recursos; entre ellos: una gran presencia en todas la provincias con más de 1.200 empleados, con un alto nivel profesional, distribuidos en 6 Direcciones Territoriales y una red de distribución potente, compuesta por más de 10.000 puntos de asesoramiento y venta: 3.300 agentes exclusivos (500 franquicias y 1.000 oficinas a pie de calle), 600 asesores y agentes exclusivos en proceso de formación.

Del mismo modo, AXA distribuye sus productos mediante la totalidad de los más de 3.000 corredores que operan en toda España.


FUNDACIÓN AXA

No podemos hablar de la compañía aseguradora AXA sin citar su Fundación, muestra de su carácter social y filosofía comprometida y solidaria.

La Fundación AXA nace en 1998 con el propósito de promover una política de patrocinio y mecenazgo integral. Asume así el programa de retorno a la sociedad que desde hace más de 15 años viene desarrollando el Grupo AXA en España, con el convencimiento de que el mecenazgo representa una responsabilidad social para la empresa, que de esta forma devuelve a la comunidad una parte de lo que ésta le otorga y ofrece.