viernes, 27 de septiembre de 2013

¿HA FALLECIDO UN FAMILIAR Y QUIERES SABER SI TENÍA UN SEGURO DE VIDA O ACCIDENTE?

Si lamentablemente has sufrido recientemente la pérdida de una familiar o amigo, tal vez figures como beneficiario de su póliza de seguro y, por tanto, serás tú la persona a la que la aseguradora entregue la indemnización prevista. A lo mejor, sencillamente tienes dudas de si esa persona tenía algún seguro con cobertura de fallecimiento.  Ante la duda, puedes averiguarlo y quedarte tranquilo. Las compañías de seguros no quieren  dejar de pagar ninguna indemnización por no poder conocer el fallecimiento de una persona, por ello colaboran activamente con la Administración en el Registro en el que figuran los contratos de seguro con cobertura de fallecimiento


Se trata del Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento al que puedes consultar tus dudas de las siguientes maneras: 

Consulta Telemática: en este enlace tienes acceso al procedimiento para solicitar su certificado desde tu ordenador.


El procedimiento, para la Consulta Tradicional es el siguiente:

1. Obtener el Modelo 790 (ya sea en la página Web del Ministerio de Justicia o en alguna de sus Gerencias Territoriales), cumplimentándolo y pagando la tasa correspondiente en cualquiera de las entidades colaboradoras de recaudación tributaria.

2. Personarse (o hacer la petición por correo) en el Registro General de Actos de Última voluntad (Pza. Jacinto Benavente nº 3, 28012 Madrid) o en alguna Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia, conjuntamente con el certificado literal de defunción de la persona de la cual quiere obtenerse el certificado (sólo podrá presentarse transcurridos 15 días hábiles desde la fecha de defunción).

3. En el plazo de 7 días máximo el Registro expedirá un certificado con los contratos vigentes y con qué entidades están suscritos. Estos certificados se recogerán de la misma forma en la que se solicitaron (en persona o por correo).

4. Personarse en la entidad aseguradora correspondiente, para conocer si eres beneficiario de ese seguro y, en ese caso, recibir la indemnización.


Si quieres más información pincha aquí

Fuente: Unespa

jueves, 26 de septiembre de 2013

SEGURO MULTIRRIESGO INVERNADEROS

Las principales compañías aseguradoras ofrecen Seguros Multirriesgo para Invernaderos e Instalaciones Anexas, con cobertura tanto de las estructuras y cubierta del invernadero como de las edificaciones de la explotación (almacenes, casetas, oficinas…), así como del resto del contenido (maquinaria, equipos de riego, calefacción, etc.).


RESUMEN DE LAS COBERTURAS GENERALES

Cobertura para sus invernaderos (estructura y cubierta), instalaciones anexas, así como para sus contenidos (maquinaria, riego, calefacción...):
-Incendio, Rayo y Explosión.
-Extensión de garantías (daños por viento, pedrisco, actos vandálicos...).
-Daños por Agua.
-Robo y Rotura de Cristales, lunas, espejos y rótulos.
-Responsabilidad Civil.


¿PARA QUIÉN ES ESTE SEGURO?

-Agricultores o productores que exploten el invernadero como actividad comercial.
-Centros de Jardinería.
-Empresas constructoras de estructuras y cubiertas para invernaderos.


¡¡¡SOLICÍTANOS PRESUPUESTO SIN COMPROMISO!!!

miércoles, 25 de septiembre de 2013

EL COSTE ANUAL DE UN ENFERMO DE ALZHEIMER EN UNA FAMILIA ES DE 30.000 EUROS

El coste económico medio durante un año, en una familia que tenga uno de sus miembros aquejado de mal de Alzheimer es de 30.000 euros.

Al gran esfuerzo físico y mental, así como al impacto moral que comportan para una familia, la existencia de algún miembro enfermo de Alzheimer, debe sumarse el importante coste económico que supone su cuidado, aspecto que no está al alcance de todas las familias.


A efectos de conmemorar el próximo sábado el Día Mundial del Alzheimer, se celebró en la Fundación Vianorte-Laguna de Madrid, la jornada de Familia y cuidados en la enfermedad de alzheimer, bajo el patrocinio de la compañía de seguros Axa, interviniendo en el programa de ponentes.

El director de Salud de la compañía de seguros Axa, Florent de la Fuente, señaló en su ponencia, que el 10% de las personas mayores de 65 años podría sufrir Alzheimer, con un coste anual para una familia que cuente con un enfermo de aproximadamente unos 30.00 euros, problema mucho más acuciante si esta situación se produce en un hogar de personas jubiladas con una pensión media que en España, en el 77% de los casos, no llega a los mil euros mensuales.


En este sentido se debe apostar por la prevención, tomando medidas cautelares suscribiendo también un SEGURO DE DEPENDENCIA.

En el transcurso de la jornada se señaló que en España, según constatan diversos estudios, más de 1.200.000 personas padecen Alzheimer y existe todavía un 40% de personas aquejadas que están sin diagnosticar, como consecuencia de la falta de información de la inexistencia de unidades especializadas en demencias.

¡¡¡CONTRATA TU SEGURO DE DEPENDENCIA EN GONG BEMBIBRE!!!

miércoles, 18 de septiembre de 2013

¿CUBRE EL SEGURO DE HOGAR MI MÓVIL?

El teléfono móvil, o el smartphone pueden llegar a ser de gran importancia para aquellos que no lo utilizan como una simple herramienta de entretenimiento o de comunicación, sino de trabajo.

Quedarnos sin móvil puede suponernos un gran desembolso económico dado los elevados precios de estos terminales. Por eso en este tipo de situaciones, nos preguntamos si nuestro seguro de hogar cubre el móvil.


Lo primero que hemos de hacer es consultar nuestra póliza y revisar qué coberturas y tipo de seguro de hogar hemos contratado. Algunas compañías de seguros de hogar ya incluyen una cobertura que protegerá tu teléfono móvil.

Algunas de sus características son la contemplación de un límite (aproximadamente de unos 200 euros) destinado a la reparación o sustitución del teléfono móvil.

Para otras situaciones como robo se contempla un límite de 1.000 euros destinado a cubrir el uso fraudulento del teléfono. En este caso, sería necesario haber denunciado el robo formalmente ante la policía. Si el móvil era de pre-pago, se cubrirá el valor del importe no utilizado (hasta un máximo de 500 euros).


Existen seguros específicos para teléfonos móviles, pero antes revisa que tu seguro de hogar no cubra estas mismas garantías.

Si tienes dudas sobre si tu SEGURO DE HOGAR cubre estas garantías, en GONG BEMBIBRE te ayudamos a encontrar el que mejor se adapte a tus necesidades y a conocer qué es lo que cubre realmente.

jueves, 12 de septiembre de 2013

LA DESPENALIZACIÓN DE FALTAS AUMENTARÁ LOS COSTES SINIESTRALES EN EL SEGURO DE AUTOS

El nuevo Código Penal puede revolucionar el ramo de Autos. El texto que el Ministerio de Justicia quiere llevar al Consejo de Ministros en las próximas semanas incluye la despenalización de las faltas por accidentes de tráfico, tipificándolas como delitos leves y pasando a la jurisdicción Civil. Esto ocasionará un fuerte trastorno económico a las aseguradoras por dos razones: En primer lugar, se verán obligadas a pagar las nuevas tasas de las demandas civiles, y, en segundo lugar, no tendrán acceso gratuito a los atestados de la policía sobre los accidentes ni a los informes forenses.

Ambas circunstancias encarecerán notablemente las demandas de las aseguradoras de Autos, al punto de que sería ruinoso emprender una demanda por cantidades pequeñas, algo que hasta ahora era bastante habitual. Otro beneficio añadido que obtenían las aseguradoras con las demandas era que dilataban en el tiempo el pago de las indemnizaciones.


De hecho, una de las razones que impulsan la reforma del Código Penal es descongestionar los Juzgados de lo Penal, donde una buena parte de las demandas provenían de los sectores asegurador y financiero. El Ejecutivo pretende impulsar la mediación en los conflictos y que no lleguen a los tribunales, por lo que quiere que aseguradoras y entidades financieras comiencen a utilizar intensivamente lo dispuesto en la reciente Ley 5/2012 de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles.

Para evitar un impacto importante en el seguro, el sector está negociando con Justicia la forma de poder acceder gratis a los informes policiales y forenses, aunque las demandas vayan por lo Civil, lo que podría aliviar un tanto el coste de la nueva normativa. 


No obstante, si a las consecuencias de la despenalización de faltas en los siniestros de Autos, sumamos el aumento de las indemnizaciones que traerá la reforma del Baremo y un mayor uso de los vehículos si se consolida la recuperación económica, será inevitable un incremento de la siniestralidad en el seguro de Autos, que difícilmente podrá asumir un mercado en el que no cesa la guerra de precios. Seguramente esté cerca ya el momento de que la curva de precios descendente cambie de dirección y las tarifas de las primas aumenten en casi todas las aseguradoras.

¡¡¡EN GONG BEMBIBRE PODRÁS CONTRATAR EL MEJOR SEGURO AL MEJOR PRECIO!!!

TU SEGURO DE COCHE MÁS BARATO CON UNA “CAJA NEGRA”

Las Aseguradoras se lo toman muy en serio, por eso es posible reducir tu seguro de coche si instalamos “una caja negra”.

Esta caja negra, es una mini cámara de vídeo adosada al interior del parabrisas del coche, bajo el retrovisor interior y en una posición visible. El objetivo es registrar los instantes antes y después de sufrir un accidente, de manera que ayuden a resolver la responsabilidad del siniestro. La grabación se activaría tras una fuerte sacudida, como puede ser un frenazo brusco. También es posible forzarla pulsando un botón.


Hay compañías de seguros que están teniendo en cuenta el uso de estas cajas negras para bonificar a los asegurados. Las imágenes recogidas por estas “cajas negras” ayudarán a evitar fraudes y a determinar de quién es la responsabilidad del accidente. Además, podrá reportar datos a las Aseguradoras que determinen si el conductor es más o menos arriesgado.

Este mecanismo es fácil de instalar y está disponible en diversos tipos y precios rondando los 400 euros. Pero a sus ventajas se suma la preocupación de parte de la población, que apuntan a este sistema como una forma de violar La Ley de Protección de Datos por la facilidad de realizar grabaciones indiscriminadas.


Si aún no te has decidido por esta mini cámara “caja negra” en GONG BEMBIBRE te ayudamos a encontrar un seguro de coche barato comparando precios de seguros entre las mejores compañías del mercado.

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miércoles, 11 de septiembre de 2013

EL PARLAMENTO EUROPEO APRUEBA LA DIRECTIVA QUE PROHIBE VINCULAR SEGUROS A HIPOTECAS

El Parlamento Europeo ha aprobado hoy en Estrasburgo el proyecto por el que entrará en vigor la primera Directiva Europea de Hipotecas, que nace para mejorar los derechos de los propietarios. Una de las principales medidas que contempla dicha Directiva es la prohibición de vincular la contratación de hipotecas a otros productos como los seguros de Hogar. La prohibición de productos vinculados asegura, en definitiva, una mayor protección al deudor hipotecario a través de la eliminación de las cláusulas abusivas de los contratos.

La Directiva obligará a modificar la Ley Hipotecaria de España que obligaba al deudor hipotecario a contratar un seguro de Hogar que también cubriera las incidencias susceptibles de ocurrir en el inmueble. Ahora, el suscriptor de la póliza tenía que contratar el seguro de Hogar indicado por la entidad en cuestión o el precio de la hipoteca aumentaba de forma significativa. La supresión de esta vinculación ha sido especialmente solicitada por los mediadores de seguros.


La norma incluye 6 pilares fundamentales:

- El consumidor deberá disponer de un periodo obligatorio de reflexión de 7 días antes de firmar el contrato hipotecario o bien del mismo periodo de 7 días para retractarse tras la firma.

- Mayor información: los bancos entregarán una “hoja de información estandarizada”, un documento de fácil comprensión que incluirá información detallada sobre las características del préstamo, variabilidad de los tipos de interés o la influencia de divisas extranjeras. 

- Las entidades crediticias no podrán obligar a los consumidores a contratar "paquetes cerrados" vinculados a la hipoteca y que incluyan otros préstamos o servicios, como los seguros.

- Flexibilidad de pago para que el prestatario pueda pagar el préstamo antes de tiempo. La entidad bancaria podrá recibir una compensación justa de los costes de ese reembolso anticipado sin imponer multas adicionales.

- Exigirá una tolerancia razonable antes de proceder a las ejecuciones, limitará los cargos por impago e impedirá a los Estados miembros oponerse a la dación en pago acordada entre las partes.

- Frenar los préstamos irresponsables, las entidades vendedoras de hipotecas deberán ser autorizadas, registradas y supervisadas por las autoridades nacionales. Además, evaluarán la solvencia del comprador.


¡¡¡NO PAGUES DE MÁS POR TUS SEGUROS!!!

martes, 3 de septiembre de 2013

SEGURO DE FLOTA V.O. (VEHÍCULO OCASIÓN): GARANTÍAS Y CONTRATACIÓN

Si eres compraventa de VEHÍCULOS DE OCASIÓN y estás pensando contratar un SEGURO DE FLOTA o cambiar tu póliza actual, esto te interesa.


Te ofrecemos las mejores coberturas del mercado con el respaldo de aseguradoras de primera línea a nivel nacional e internacional.
* GARANTÍAS BÁSICAS:
- Responsabilidad Civil Obligatoria.
- Responsabilidad Civil Voluntaria.
- Defensa y Reclamación de Daños.
* POSIBILIDAD DE CONTRATACIÓN GARANTÍAS OPCIONALES


DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA CONTRATACIÓN:
DATOS DEL ASEGURADO / TOMADOR:
NOMBRE:
COPIA DE CIF:
N.º DE CUENTA CORRIENTE:
COPIA CARNET CONDUCIR:
STOCK INICIAL INDICANDO: MARCA - MATRICULA y TIPO VEHICULO (TURISMO, MONOVOLUMEN ...)
JUSTICANTE ACTIVIDADES ECONOMICAS.


1. Demostración de compra siempre, que:
a) El conductor en el momento del siniestro sea uno de los vendedores/demostradores nominados en las condiciones particulares o el eventual comprador del vehículo si está acompañado por una de dichos vendedores demostradores.
b) El siniestro se produzca dentro del horario comercial, DE 8 AM - 21:59PM excluyendo específicamente los siniestros ocurridos entre las 22 y las 8 horas (SI EL CONDUCTOR ES EL NOMINADO EN POLIZA NO EXISTE LIMITACION HORARIA).

2. Usos propios de la actividad de la empresa relacionados con tareas relativas a reparación, inspecciones de ITV, carrozados, mantenimiento y limpieza, siempre que:
a) El conductor en el momento del siniestro sea un empleado del Tomador y figure en documento TC2 de la empresa inmediatamente anterior a la fecha del siniestro (SI EL CONDUCTOR ES EL NOMINADO EN POLIZA NO EXISTE ESTA RESTRICCION).
b) El siniestro se produzca dentro del horario laboral, entiendo por tal de lunes a viernes de 8 a 20 horas y sábados de 8 a 15 horas (SI EL CONDUCTOR ES EL NOMINADO EN POLIZA NO EXISTE ESTA RESTRICCION).
En caso de declararse conductor nominado, este quedara liberado de la aplicación de limitaciones, tanto horarias como kilométricas.

¡¡¡SOMOS ESPECIALISTAS EN SEGUROS DE FLOTAS PARA VEHÍCULOS DE OCASIÓN!!!