lunes, 31 de diciembre de 2012

CUBRA SUS VACACIONES CON UN SEGURO DE VIAJE

Las fechas navideñas son una ocasión ideal para poder llevar a cabo unas vacaciones en familia incluso para poder ejercer el tipo de deporte que como el esquí tiene en este periodo su mayor auge.

Es posible, incluso, que ya haya previsto las fechas y lugares donde disfrutarlas, así como el medio de transporte mediante el cual pueda desplazarse hasta el punto de destino escogido, sea dentro de nuestra geografía nacional o en el extranjero, pero posiblemente haya olvidado un aspecto fundamental, contratar su seguro de viaje. 


Las vacaciones, elegidas de modo individual, en pareja, familia o en grupo, significan uno de los momentos más importantes del año, por este motivo no podemos dejar al azar que cualquier eventualidad inesperada, no solo nos pueda frustrar nuestras vacaciones, sino al mismo tiempo, pueda comportarnos un sobrecoste económico imprevisto, así como la pérdida de la inversión efectuada.

Las vacaciones pueden ser de distinta tipología, hay quien decide ir a esquiar al otro lado del globo, destinar sus vacaciones al golf, ir de safari o cacería, en crucero o de aventura, durante pocos días o durante meses, en España o en el extranjero. La variedad puede ser infinita y la incertidumbre también.


El seguro de viaje le ofrece la seguridad que complementará su proyecto de vacaciones, puesto que le protegerá de las posibles contingencias o imprevistos que puedan surgir antes del viaje y durante el viaje.

Le recomendamos que se dirija y consulte en GONG BEMBIBRE la amplia variedad de modalidades de seguros de viaje que existen y que sin duda le reportarán la tranquilidad y la seguridad que sus vacaciones precisan.


¡¡¡VIAJE SEGURO EN GONG BEMBIBRE!!!

domingo, 30 de diciembre de 2012

SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL CAZADOR

Te ofrecemos la mejor protección como cazador a un precio verdaderamente increíble:
- Seguro obligatorio para cazadores.
- Seguro Voluntario daños materiales.
- Incluye daños a terceros por arma de fuego y perros durante la práctica de la caza.
- Defensa penal y reclamación de daños.


Coberturas

Con el Seguro de Cazadores te garantizamos la responsabilidad civil derivada de los daños personales y materiales en la práctica del ejercicio de la caza, por disparo involuntario.


Seguro Obligatorio

Queda cubierta la responsabilidad civil extracontractual que pueda derivarse, como consecuencia de los daños personales o materiales y perjuicios económicos derivados directamente de dichos daños, causados accidentalmente a terceros por la actividad asegurada.


Daños Materiales

Daños a terceros por arma de fuego y perros durante la práctica de la caza.


Si eres CAZADOR, en GONG BEMBIBRE podrás contratar la póliza de Responsabilidad Civil más moderna y actual del mercado.


GONG BEMBIBRE actúa como auxiliar externo de CONSULPLAN VIDA CORREDURIA DE SEGUROS, S.L. con CIF B-84566280, autorizada por la legislación de mediación de seguros a operar con la clave J-2466 conforme a lo previsto en la Ley 26/2006 de Mediación de Seguros privados.

viernes, 28 de diciembre de 2012

NORMAS BÁSICAS PARA CONTRATAR UN BUEN SEGURO DE HOGAR

La preocupación de la mayor parte de los ciudadanos es disponer de un seguro que le cubra de las posibles contingencias y riesgos que pueda sufrir su hogar, motivo por el que es muy habitual que intenten que su póliza de seguros del Hogar disponga de las máximas y más amplias garantías de cobertura posibles.

No obstante, con independencia de este lógico interés, surge después el afán por parte del consumidor de que el precio del seguro sea lo más asequible posible.

El consumidor y más en un mercado de seguros tan competitivo, escoge el que cree el mejor seguro al mejor precio posible y ahí es donde puede cometer, si no está bien aconsejado un grave error.



En muchas ocasiones se puede pensar que para que el seguro le salga más barato se puede reducir el importe de los capitales a contratar, en base a los que se calcula el precio final del seguro.

Estableciendo un ajuste en definitiva, para que el seguro sea más barato.

Ello puede comportar un grave problema para el asegurado que al actuar de este modo, pensando exclusivamente en el ahorro que obtendrá en el precio del seguro, no sabe, que esta actuación puede tener consecuencias posteriores en caso de siniestro en su hogar.


Un importante factor de agravación de un seguro, es que se acredite a posteriori, como consecuencia de la ocurrencia de un siniestro que los capitales de la vivienda, para contenido o para continente, son inadecuados y por debajo de su valor real.

Ello supone lo que técnicamente se conoce como infraseguro, es decir haber contratado una póliza de seguros del Hogar con un valor de seguro inferior al real.

Las compañías de seguros, aplican en estos casos lo que se denomina regla de infraseguro, lo que para personas no duchas en el sector de seguros sería una elemental regla de tres, cogiendo como factores el capital asegurado y el capital real, confrontándolos con el valor total de la indemnización por el daño sufrido.

El resultado de esta regla de tres, sería la indemnización final que la compañía de seguros pagaría al asegurado, el cual percibiría una cantidad sensiblemente inferior al valor real del daño sufrido.



Si quieres un seguro para dormir tranquil@: CONTRATA CON NOSOTROS

No te la juegues con tu vivienda y con el esfuerzo de toda una vida

SEGURO DE DEPENDENCIA

La dependencia es aquella situación en la que una persona no puede valerse por sí misma. El aumento de la esperanza de vida está generando un incremento progresivo de las personas dependientes; a esta realidad debe añadirse la dependencia por razones de enfermedad y otras causas de discapacidad o limitación. Por este motivo, las leyes han incorporado un sistema de prestaciones públicas basadas en ayudas para el cuidado de las personas que están en situación de dependencia. Por su parte, la actividad aseguradora está desarrollando productos complementarios adecuados a estas necesidades.

Este seguro garantiza una indemnización en forma de renta, capital o prestación de un servicio siempre que el asegurado se encuentre en situación de dependencia.


Legalmente, una persona es dependiente cuando concurren los siguientes factores:

1) Existe una limitación física, psíquica o intelectual.

2) Existe una incapacidad para realizar las labores cotidianas por uno mismo.

3) Existe la necesidad de contar con la asistencia de una tercera persona.


Por ejemplo, están en situación de dependencia las siguientes personas:

- Aquellas que están en silla de ruedas y que no necesitan ayuda para realizar algunas actividades como vestirse o comer pero que precisan ayuda para superar determinadas barreras arquitectónicas como cruzar un paso de peatones o subir a un autobús.

- Personas mayores enfermas que dependen de sus familiares o de otros individuos para realizar cualquier actividad de la vida cotidiana tales como asearse, levantarse, comer, etc.

- Personas que necesitan atención y terapia adecuada a sus necesidades en momentos en los que sus familiares no pueden hacerse cargo de ellas.


Sin embargo, el seguro de dependencia tiene en la edad de contratación su principal limitación. No es una póliza que pueda contratarse cuando se produce la situación de dependencia, sino antes de que esta se produzca. Para ello, las principales compañías han establecido un periodo de edad, que suele estar entre los 30 y los 70 años para poder acceder a la póliza. Además, una vez contratado, la mayoría de las aseguradoras ha fijado una edad máxima, sobre los 85 años, para poder beneficiarse de su cobertura.

¡¡¡PÍDENOS PRESUPUESTO SIN COMPROMISO!!!

jueves, 27 de diciembre de 2012

COBERTURAS SEGUROS RESPONSABILIDAD CIVIL OBLIGATORIOS

Lo primero que deberá contratar son los seguros definidos como obligatorios por la legislación vigente. Le recordamos que la falta de suscripción de estos seguros conlleva sanciones importantes.


- Seguro Obligatorio de Automóviles: Garantiza la responsabilidad civil en que pueda incurrir el propietario de vehículos a motor por lesiones o daños causados a personas o bienes por motivo de la circulación hasta los siguientes límites:

Daños personales: 70 millones de euros por siniestro cualquiera que sea el número de víctimas.

- Daños Materiales: 15 millones de euros por siniestro.


- Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil del Cazador: Garantiza la responsabilidad civil en que pueda incurrir el cazador hasta 90.000 €, por víctima, con ocasión de la acción de cazar. (Real Decreto 63/1994 de 21 de enero).


- Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de Embarcaciones: Garantiza la responsabilidad civil del naviero o propietario de embarcaciones de recreo o deportivas hasta un límite de 120.000 € por víctima, con un máximo de 240.000 € por siniestro (Real Decreto 607/1999 de 16 de abril).


- Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil frente a terceros, para los propietarios de perros potencialmente peligrosos (Ley 50/99 de 23 de Diciembre), además de la legislación establecida por algunas Comunidades Autónomas: La cobertura mínima del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros es de 120.000 €.


¡¡¡GONG BEMBIBRE TE OFRECE TODAS ESTAS MODALIDADES DE SEGUROS!!!

viernes, 21 de diciembre de 2012

LA DIRECTIVA DE GÉNERO PODRÍA ABARATAR LOS SEGUROS DE LOS HOMBRES

Hoy entra en vigor la Directiva de Género que recoge la sentencia Test-Achats por la que se impide a las aseguradoras utilizar la variable del sexo para valorar los riesgos y determinar los precios de las pólizas. Mucho se ha escrito en los últimos meses sobre la posible subida de precios en las primas de las mujeres como consecuencia de la nueva normativa.

Pero esto no tiene por qué ser así, ya que podrían bajar los precios de los seguros de los hombres para igualar sus tarifas. Según diversas fuentes del mercado, lo más probable es que las entidades opten por una pequeña subida de los seguros de las mujeres (sus mejores clientes en cuanto a siniestralidad en ramos como Autos) y una bajada de los seguros de los hombres, con el fin de que su recaudación se mantenga en 2013, año en que las entidades no prevén incrementar su facturación.

Subir drásticamente las primas a las mujeres, puede ser una estrategia suicida en ramos como Autos, ya que se produciría una importantísima caída en la nueva producción de los mejores clientes para las entidades que lo aplicaran y un consiguiente deterioro de la siniestralidad y del resultado técnico. Sin embargo, compartir una pequeña subida en las mujeres con una pequeña bajada en los hombres puede ser asumible para la mayor parte de las clientas y se cumpliría con la nueva normativa.


Otro tanto puede ocurrir en los ramos de Accidentes, Decesos, y en gran parte de las modalidades de Vida (excepto en Rentas Vitalicias y Temporales, donde el hombre paga menos), por lo que podría darse también el caso de que los hombres vieran rebajadas sus primas y las mujeres tuvieran una subida menor a la anunciada.

No obstante, la situación en otros ramos será la contraria, por ejemplo, en Salud, donde las mujeres pagan más que los hombres. En este ramo, los expertos esperan que aparezcan seguros muy estandarizados y sencillos para hombres y mujeres; y que coberturas específicas para mujeres, como ginecología, pasen a ser garantías opcionales que encarezcan el seguro.

De los ramos importantes, en el que menos impacto tendrá la nueva regulación será en el seguro de Hogar.


Sólo en nueva producción

En cualquier caso, habría que recordar que la Directiva sólo afecta a la nueva producción, por lo que su impacto en 2013 será limitado. En este sentido, afectará más a los ramos en los que hay más rotación de clientes, como puede ser el caso de Autos; mientras que, en los de menor rotación, como Decesos, su influencia será bastante pequeña.


miércoles, 19 de diciembre de 2012

ACUERDO MIOTROSEGURO.COM – GONG BEMBIBRE

Recientemente se ha cerrado un convenio de colaboración entre MIOTROSEGURO.COM y GONG BEMBIBRE para ofrecer conjuntamente los novedosos productos de CONSULPLAN VIDA CORREDURIA DE SEGUROS, S.L.

Incluso hemos puesto en marcha la web www.miotroseguro.com/producto/gong para que puedas consultar, comparar y contratar tu póliza completamente online.



Entre los novedosos productos (más de 30) que te ofrecemos destacamos los siguientes:
- Seguro de vehículos por días.
- Indemnización por baja diaria.
- Protección rentas de alquiler.
- Responsabilidad Civil Animales Domésticos.
- Responsabilidad Civil Caza y Pesca.
- Responsabilidad civil de empresas de protección de datos.
- Responsabilidad Civil Empresas de Limpieza.
- Responsabilidad Civil Profesional de Aparejadores.
- Responsabilidad Civil Profesional de Arquitectos.
- Responsabilidad Civil Profesional de Ingenieros.
- Responsabilidad Civil Profesional de Traductores.
- Responsabilidad Civil Puestos de Venta Ambulante.
- Seguros de Camiones.
- Seguro Retirada de Carnet Transportistas
- Responsabilidad Civil Socorristas.
- Seguro Comunidad Propietarios.
- Seguro de Accidentes.
- Seguro de Accidentes Alumnos en Prácticas.
- Seguro de Decesos.
- Seguro de Defensa Legal Autónomos y Pymes.
- Seguro de Defensa Legal familiar.
- Seguro de Responsabilidad Civil de Administradores.
- Seguro de Salud Cigna Pymes o Empresas.
- Seguro de Viajes.
- Seguro de Viajes Empresa.
- Seguro de Vida.
- Seguro de Vida colectivo.
- Seguro de Vida con doble capital accidental.
- Seguro de Vida con triple capital accidental.
- Seguro de Vida Mundo del Toreo.
- Seguro Multirriesgo de Bodegas.
- Seguro Todo Riesgo de Animales Domésticos.
- Vehículo de Sustitución.


GONG BEMBIBRE actúa como auxiliar externo de CONSULPLAN VIDA CORREDURIA DE SEGUROS, S.L. con CIF B-84566280, autorizada por la legislación de mediación de seguros a operar con la clave J-2466 conforme a lo previsto en la Ley 26/2006 de Mediación de Seguros privados.

martes, 18 de diciembre de 2012

SEGURO DE ACCIDENTES ALUMNOS EN PRÁCTICAS

Asegurar el accidente del alumno en prácticas por poco dinero es la utilidad que hemos puesto al servicio de nuestros clientes de formación a través de esta novedosa póliza.


Protege a tus alumnos frente al riesgo de accidentes.


Hemos buscado asegurarte de la forma más flexible y ajustada de precio.


GONG BEMBIBRE actúa como auxiliar externo de CONSULPLAN VIDA CORREDURIA DE SEGUROS, S.L. con CIF B-84566280, autorizada por la legislación de mediación de seguros a operar con la clave J-2466 conforme a lo previsto en la Ley 26/2006 de Mediación de Seguros privados.

domingo, 16 de diciembre de 2012

SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL PUESTOS VENTA AMBULANTE

Te presentamos un seguro de responsabilidad civil de puestos de venta ambulante.

Se considera venta ambulante o no sedentaria aquella realizada por comerciantes fuera de un establecimiento comercial permanente, que se puede realizar en mercadillos, mercados ocasionales o periódicos, en la vía pública o en camiones-tienda.


Esta actividad comercial desarrollada bajo alguna de las modalidades de venta ambulante o no sedentaria deberá efectuarse con sujeción a diversa normativa. La estatal se conforma en su régimen general por la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio modificada por el Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, que regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria. Sin embargo, cada comunidad autónoma tiene facultades normativas y cada ayuntamiento en la aplicación de las mismas con la promulgación de sus Ordenanzas Municipales en la materia.

Desde el 1 de abril de 2012 ofertamos el producto para la venta ambulante más competitivo del mercado.


Tras nuestro estudio de las obligaciones en materia de responsabilidad civil de la venta ambulante, de las distintas normativas autonómicas y locales, y las exigencias de los ayuntamientos a estos autónomos, que hemos resumido en un cuadro comparativo, hemos negociado un producto asegurador, con una compañía de primera línea, dotado de toda la cobertura precisa para obtener los permisos con los ayuntamientos a un precio realmente competitivo. 

GONG BEMBIBRE actúa como auxiliar externo de CONSULPLAN VIDA CORREDURIA DE SEGUROS, S.L. con CIF B-84566280, autorizada por la legislación de mediación de seguros a operar con la clave J-2466 conforme a lo previsto en la Ley 26/2006 de Mediación de Seguros privados.

miércoles, 12 de diciembre de 2012

¿CÓMO DEMOSTRAR QUE NOS HAN ROBADO AL SEGURO DE HOGAR?

Muchos asegurados de seguro de hogar desconocen que con ocasión de un siniestro de robo en el hogar, el perito va a exigirle pruebas de lo robado.

Muchos se llevan las manos a la cabeza cuando ante la falta de congruencia probatoria, es decir, que no se puede probar la preexistencia en el hogar de lo robado, el perito rechaza hacer frente a la indemnización, y con él la aseguradora.


¿Es legal tal actuación de las aseguradoras?

Hay que decir que sí. Que corresponde al asegurado la prueba de la preexistencia de los objetos. El Artículo 38 de la Ley 50/50 de contrato de seguro, dice además que, el contenido de la póliza constituirá una presunción a favor del asegurado cuando razonablemente no puedan aportarse pruebas más eficaces.

Sin embargo, se debe ser muy cauteloso con esta presunción. Frecuentemente nadie realiza un listado pormenorizado de sus pertenencias en el hogar, cuyo valor total conforma el capital de contenido. Cuando no se puede demostrar que tal objeto se encontraba en la casa, la presunción a que se refiere la ley puede jugar en contra nuestra.


¿Qué hacer para resolver esta situación?

Lo primero que cabría hacer es suscribir la póliza con cuidado. Justo lo que jamás te harán cuando la contrates con un banco. Ellos no están interesados en proteger tus bienes, sino los suyos, y el contenido no es uno de ellos.

Hacerlo con cuidado significa valorar adecuadamente todo nuestro contenido; ojo porque esta valoración no se debe hacer pensando en lo que nos pueden robar, sino en lo que se podría quemar por ejemplo. Los ladrones no se llevan la ropa de cama, pero ésta ayuda a conformar el valor de contenido.

Nuestro consejo es fotografiar todo aquello susceptible de ser robado y que no podamos o tengamos dificultades luego en poder demostrar. Objetos comprados hace mucho tiempo, heredados, importados, etc. Fotografiarlos en el entorno en que se encuentran antes de su robo puede constituir una prueba de su preexistencia.



lunes, 10 de diciembre de 2012

NUEVO SOFTWARE PARA LA DETECCIÓN DEL FRAUDE EN RECLAMACIONES POR LATIGAZO CERVICAL

El gabinete pericial PTRZ presenta el software Scan 3.60 específico para la detección precoz del fraude en las reclamaciones por latigazo cervical a las compañías de seguros. Estima que anualmente se registran 12.000 casos fraudulentos -un 20% del total- tras un accidente de tráfico, pero el uso de dicho software permitiría a las aseguradoras lograr un ahorro de 34 millones de euros al año.


La compañía precisa que Scan 3.60 es un software diseñado para objetivar, con información real, las posibilidades de que los ocupantes de un vehículo hayan sufrido una lesión y su magnitud, "limitando así las posibilidades de que la compañía aseguradora tenga que hacer frente a una indemnización indebida". PTRZ añade que la solución permite obtener datos fiables sobre las consecuencias reales de una colisión.

CONSULPLAN VIDA CORREDURÍA DE SEGUROS S.L.

Nos dedicamos a ahorrar costes de seguros a empresas y particulares, mediante la mezcla apropiada de conocimiento del mercado y capacidad de negociación.

Al mismo tiempo, y después de ahorrarle su dinero, nos comprometemos a dar un servicio óptimo, y personalizado de manera que tenga que dedicar el menor esfuerzo personal y costes, a la gestión de sus riesgos y seguros.

Nuestra empresa utiliza la marca Previda para sus relaciones comerciales. Nuestra identidad corporativa busca trasmitir la idea de modernidad y compromiso con las personas.


MI OTRO SEGURO:

Previda es un corredor de seguros. A finales de 2011 puso en el mercado el portal Miotroseguro.com, diseñado para que los particulares y las empresas puedan encontrar los mejores productos de seguro en las mejores condiciones.

Miotroseguro.com no es un comparador de precios, es un auténtico bróker virtual, subrayan sus impulsores.

Para ello el portal presenta un estudio de mercado completo: Selecciona las mejores aseguradoras por calidad y precio, diseña una propuesta óptima de garantías y coberturas, genera una comparación final entre los productos adecuados y, por último, ofrece al usuario la posibilidad de elegir y contratar tu seguro completamente online.


Gong Bembibre es Auxiliar Externo de ConsulPlan Vida Correduría de Seguros, S.L., con autorización D.G.S.F.P. clave J-2466.

lunes, 26 de noviembre de 2012

GENERALI Y TELEFÓNICA FIRMAN UN ACUERDO PARA DESARROLLAR UN SEGURO DE AUTOS

Generali Seguros y Telefónica han logrado un acuerdo de colaboración en España con el fin de llevar la tecnología machine-to-machine (máquina a máquina, M2M) al mundo de los seguros de Autos, un proyecto que permitirá al usuario pagar la póliza de su automóvil en función de cómo conduzca, concienciarle sobre su responsabilidad y mejorar sus hábitos al volante a través de una aplicación móvil o accediendo también por web desde un ordenador.

El nuevo seguro, que se encuentra en una fase piloto, utiliza la tecnología M2M de Telefónica y ofrece, por primera vez, la posibilidad de que los clientes paguen en función de sus hábitos de conducción, lo que puede suponer ahorros muy significativos para los mejores conductores. Generali tendrá acceso a la puntuación final para ajustar la prima del seguro, mientras que toda la información de detalle será accesible sólo para el asegurado. El conductor podrá conocer el número de kilómetros que hace al año, si son diurnos o nocturnos, urbanos o interurbanos, si cumple los límites de velocidad o si acelera o frena bruscamente. Todo ello accesible desde una aplicación móvil y un portal web, de forma que el asegurado pueda analizar qué hábitos de conducción puede mejorar.


Este acuerdo se materializa entre Generali y Telefónica, a través de Telefónica Digital y Telefónica Seguros. Generali aporta todo el know how del seguro de Autos y Telefónica Digital contribuye con la vertiente tecnológica, con un producto telemático que incluye el dispositivo que se instala en los vehículos, un servicio cloud de gestión totalmente anónima y segura de los datos, y la aplicación móvil y página web con la que los clientes finales gestionarán su seguro y su forma de conducción. Por último, Telefónica Seguros, compañía aseguradora del Grupo Telefónica, actuará en régimen de coaseguro permitiendo que este proyecto sea compartido al 50% entre Generali y Telefónica. La comercialización de este producto comenzará durante el primer trimestre de 2013.

¡LA TECNOLOGÍA LLEGA A LOS SEGUROS!

jueves, 22 de noviembre de 2012

TU SEGURO PARA MOTO CLÁSICA A PRECIOS COMO LOS DE ANTES

Si es la niña de tus ojos, y sólo la utilizas de vez en cuando para dar un paseo o para ir a una concentración ¿por qué deberías pagar lo mismo por un seguro de una moto que se utiliza a diario? En GONG BEMBIBRE creemos que no deberías, por eso te ofrecemos una póliza específica para motos clásicas con la que pagarás mucho menos dinero que por el seguro de una moto de uso frecuente. 


No te conformes con un seguro igual para todas las motos, consigue uno específico para cada tipo de moto.

miércoles, 21 de noviembre de 2012

DIFERENCIAS ENTRE PPI, PPA, PIAS Y SEGURO DE AHORRO

PPI: PLAN DE PENSIONES INDIVIDUAL

* El riesgo lo asume el partícipe salvo en planes garantizados cuya garantía de rendimiento la otorga la Entidad financiera comercializadora.

* Según la elección del tipo de Plan habrá mayor o menor riesgo (salvo en PPI Garantizado, durante el período de la garantía).


PPA: PLAN DE PREVISIÓN ASEGURADO

* Similar al Plan de pensiones pero con la garantía del seguro.

* Ofrece una rentabilidad mínima garantizada en toda la duración del contrato, y generalmente por semestres anticipados una rentabilidad superior.

* Hay capital mínimo garantizado al vencimiento.

* El Asegurado no decide donde se invierte, el riesgo de la inversión lo asume la Aseguradora. 


PIAS: PLAN INDIVIDUAL DE AHORRO SISTEMÁTICO

* Rentabilidad mínima garantizada en toda la duración del contrato, y generalmente por períodos anticipados (trimestres, semestres) una rentabilidad superior, o asignación de participación en beneficios (90 – 95% inversiones Aseguradora).

* Hay capital mínimo garantizado al vencimiento.


SEGURO: Bajo diferentes modalidades y denominaciones es el SEGURO DE AHORRO TRADICIONAL

* Rentabilidad mínima garantizada en toda la duración del contrato, y generalmente por semestres anticipados una rentabilidad superior, o asignación de participación en beneficios (90 – 95% inversiones Aseguradora).

* Hay capital mínimo garantizado al vencimiento.


CONCLUSIONES

1. Por cada criterio puede surgir un instrumento como más idóneo.

2. MEJOR OPCIÓN PPA: Aunque aparentemente ningún criterio es mejor que otro, por la situación de incertidumbre actual el SEGURO PPA, aporta total seguridad con las ventajas también de los PPI.

3. Si con el tiempo se cambia de criterio se puede cambiar de instrumento. Movilizar los derechos consolidados entre PPI o PPA, y en el seguro a través del rescate liquidar el contrato e incorporar el ahorro acumulado en un PPI o PPA.

4. Si lo que queremos es SEGURIDAD conviene optar por PPA, PIAS o SEGURO DE AHORRO. Los PPI generan INCERTIDUMBRE (excepto los garantizados).

5. IMPORTANTE: Analizar todas las características para poder tomar decisiones.


martes, 20 de noviembre de 2012

EL SISTEMA PÚBLICO DE PENSIONES PUEDE TENER UN FUTURO INSOSTENIBLE

El sistema público de pensiones precisaría para ser viable durante los próximos cuarenta años, 170.000 millones de euros anuales.

La realidad de estas cifras hace pensar en un futuro difícil del sistema público de pensiones, según se puede extraer de las conclusiones de la jornada celebrada por la Fundación Inade, el pasado 13 de noviembre.


El director del Instituto Aviva, Juan José Velasco, presentado por Manuel Quintela, director territorial de la zona noroeste de la compañía de seguros Aviva Vida y Pensiones, hizo especial énfasis en la reforma del sistema de pensiones para hacerlo viable, cuantificándose cuanto debería ahorrarse para prever una jubilación a largo plazo complementando el sistema público de pensiones.

La idea es trabajar en distintos frentes bajo la dirección del gobierno, aportando los agentes sociales diversas aportaciones tendentes a mejorar el sistema. 


El director del Instituto Aviva, hizo especial mención de la labor del mediador de seguros en el aporte de la correcta información en materia de pensiones privadas para los ciudadanos.

Según la OCDE cada ciudadano español debería ahorrar anualmente una cantidad próxima a los 7.000 euros que extrapolado al estado, supondría el aporte de 170.000 millones de euros anuales, para poder sostener el sistema público de pensiones durante los próximos cuarenta años. 


Juan José Velasco, reseñó que es indispensable empezar a ahorrar desde la incorporación al mercado laboral, considerándose como edad media los veinte años, ahorrando un 6% de la renta, es decir unos 1.200 euros que deberían incrementarse progresivamente.

Un ahorro insuficiente, obligaría a los personas a continuar trabajando después de la edad de jubilación o a aceptar un nivel de vida sensiblemente inferior al habitual antes de la edad de jubilación.

PROHIBIDO PAGAR EN EFECTIVO CANTIDADES SUPERIORES A 2.500 EUROS

A partir del día 19 de noviembre, ha entrado en vigor la nueva Ley de Prevención y Lucha Contra el Fraude Fiscal, que prevé la prohibición del pago en efectivo de cantidades superiores a 2.500 euros, a excepción de los que se realicen en entidades financieras y entre particulares. Quien adquiera un bien con un precio superior al citado tendrá que hacerlo mediante tarjeta de crédito, cheque u otro procedimiento análogo, siempre que en la operación intervenga una empresa o un profesional.


Dicha prohibición es independiente de si se entrega o no factura, y su incumplimiento se sancionará con una multa del 25% del importe abonado.


Toda persona que realice un pago superior a 2.500 euros deberá conservar el justificante durante un plazo de cinco años, para acreditar que lo realizó por alguno de los medios distintos al efectivo (tarjeta, cheque, transferencia...). La Agencia Tributaria podrá requerir la presentación de esos resguardos.