martes, 26 de abril de 2016

ASÍ SON LAS ETIQUETAS ECOLÓGICAS DE LA DGT

La Dirección General de Tráfico ya ha comenzado a enviar a los conductores las etiquetas que identificarán a sus vehículos según el nivel de emisiones contaminantes.


Si tienes un coche eléctrico, ya habrás recibido una carta de la DGT con la pegatina Cero Emisiones para que tu coche quede identificado como no contaminante.

Si no es el caso, también te llegará un distintivo en los próximos meses que corresponda con la clasificación de tu vehículo en función de sus emisiones, en una iniciativa parecida a la de eficiencia energética de los electrodomésticos. En pocos días se publicará en el BOE y a partir de ahí 16 millones de unidades del parque móvil español quedarán identificadas en función de su potencial contaminante en cuatro niveles: Cero, ECO, C y B.

El objetivo de esta medida es "discriminar positivamente" a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente, así como servir de un instrumento para políticas municipales presentes o futuras, tanto de restricción del tráfico en episodios de alta contaminación como de promoción o de incentivo de estas nuevas tecnologías.

El plan de la DGT es continuar con la clasificación del resto del parque de vehículos hasta tener etiquetados los 32 millones de vehículos de los que actualmente se compone el parque automovilístico español.


¿En qué categoría quedará encuadrado tu coche? Aquí las describimos una por una.

Cero emisiones
Se enmarcan en esta categoría los ciclomotores, triciclos, cuadriciclos y motocicletas; turismos; furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

ECO
Turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de 8 plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía inferior a 40 km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, deberán cumplir los criterios de la etiqueta C.

C
Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías, tanto de gasolina como de diésel, matriculados a partir de 2014. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y en Diésel la Euro 6.

B
Turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculados a partir de 2005. Por tanto, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 3 y en Diésel la Euro 4 y 5.

Fuente: Marca.com

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