domingo, 7 de julio de 2013

¿QUÉ ES UNA AGENCIA DE SUSCRIPCIÓN DE SEGUROS?

Una agencia de suscripción es una persona jurídica española que actúa por cuenta de una compañía de seguros de otro país de la Unión Europea que está interesada en vender seguros en España al amparo de las Directivas Comunitarias, pero sin necesidad de montar una compañía en España.

Para ello, y con el fin de ofrecer un servicio cercano a los asegurados, llega a un acuerdo con una Agencia de Suscripción, a quien le da poderes para contratar seguros, cobrar las primas, tramitar los siniestros y liquidar su importe tanto a los asegurados como a los terceros perjudicados. Esto lo puede hacer con una o varias entidades aseguradoras domiciliadas en otros Estados miembros del Espacio Económico Europeo.


Las agencias de suscripción no son mediadores de seguros, sino representantes de la entidad aseguradora extranjera que le haya otorgado poderes de suscripción y de gestión de siniestros. Por ello, la Ley española especifica:

1.-La actividad de la agencia de suscripción vincula a la actividad aseguradora y no constituye actividad de mediación de seguros o reaseguros privados.

2.-La entidad aseguradora deberá estar identificada en toda la documentación mercantil de las agencias de suscripción.

3.-Las entidades Aseguradoras extranjeras serán responsables frente a la Administración española de las infracciones de la legislación de mediación de seguros privados cometidas por las agencias de suscripción en el ejercicio de la actividad, así como de las malas prácticas aseguradoras.


Por ello, las agencias de suscripción, al igual que las compañías de seguros españolas, están controladas por el Ministerio de Economía y competitividad a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, lo que supone una mayor garantía tanto para el consumidor como para el perjudicado en un siniestro.


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