sábado, 14 de febrero de 2015

AUTORIZACIÓN PARA CONDUCTORES DE MATERIAS RADIACTIVAS (CLASE 7 ADR)

* Es la autorización administrativa que faculta a su titular para el transporte de materias radiactivas, tras demostrar mediante las pruebas oportunas reunir los requisitos y aptitudes necesarias.

* Es expedida por las Jefaturas Provinciales de Tráfico.

* Para su expedición se exige:
- Estar autorizado para conducir vehículos a motor.
- Estar en posesión de la Autorización Básica o común para mercancías peligrosas.
- Realizar con aprovechamiento un curso de formación como conductor para el transporte de materias radiactivas en un centro de formación autorizado por la Dirección General de Tráfico.
- Ser declarado APTO por la Jefatura Provincial de Tráfico en las pruebas correspondientes.

* Autoriza a transportar materias de la Clase 7 (radiactivas).

* Este curso no sustituye al curso de actualización necesario para renovar la Autorización Básica.



VALIDEZ:
* Por 5 años, y en todo caso caduca cuando caduque la Autorización Básica o común.

RENOVACIÓN:
* Antes de que caduque.
* Realizar un curso de actualización específico.
* Superar las pruebas oportunas propuestas por la Jefatura Provincial de Tráfico.
* Todo el proceso deberá realizarse durante el año anterior a su fecha de caducidad.

Las sesiones (de 45 minutos cada una), que establece el ADR para los cursos de mercancías peligrosas son:
* Básico: 18 sesiones.
* Cisternas: 12 sesiones.
* Explosivos: 8 sesiones.
* Radiactivos: 8 sesiones.

Los conductores de materias nucleares y nucleares en bultos no exceptuados han de estar inscritos en el Registro de Transportistas de Materias Radiactivas.

La validez de los certificados (autorizaciones) de los conductores con el formato antiguo será hasta el final de su periodo de validez.


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