sábado, 21 de febrero de 2015

LOS NUEVOS PLANES DE AHORRO A LARGO PLAZO: SIALP y CIALP

La nueva Ley 26/2014, de 27 de noviembre, de modificación de la Ley 35/2006, del IRPF ha creado un nuevo instrumento dirigido a pequeños inversores denominado Plan de Ahorro a Largo Plazo cuya especialidad radica en la exención de las rentas generadas por la cuenta de depósito o el seguro de vida a través del cual se canalice dicho ahorro siempre que se aporten cantidades inferiores a 5.000 euros anuales y transcurran al menos de cinco años desde su primera aportación.


Estos contratos, denominados genéricamente Planes de Ahorro a Largo Plazo y conocidos también como Plan de Ahorro 5, tienen las siguientes características fundamentales:

• Pueden instrumentarse alternativamente:
A través de seguros individuales de vida (no PPA) celebrados con una entidad aseguradora, en cuyo caso se denominan Seguros Individuales de Ahorro a Largo Plazo (SIALP).
A través de depósitos y contratos financieros celebrados con una entidad de crédito, cuya denominación será Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo (CIALP).

• Un contribuyente sólo podrá ser titular de forma simultánea de un Plan de Ahorro a Largo Plazo.

• Las aportaciones al Plan de Ahorro a Largo Plazo no pueden ser superiores a 5.000 euros anuales en ninguno de los ejercicios de vigencia del Plan.

• La disposición únicamente podrá producirse en forma de capital, por el importe total del Plan, no siendo posible realizar disposiciones parciales.

• Se garantiza la percepción al vencimiento del Plan de, al menos, un capital equivalente al 85 por ciento de la suma de las aportaciones efectuadas.

• Están exentos del IRPF los rendimientos derivados del Plan siempre que no se efectúe ninguna disposición antes de cinco años desde su apertura.

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