jueves, 3 de octubre de 2013

¿TENGO QUE CONTRATAR UN SEGURO DE CAZA?

Estamos en época de caza y muchos cazadores se preguntan si es obligatorio contratar o renovar su seguro de caza.

Es esencial destacar que el seguro de caza es obligatorio para realizar esta actividad. Este acto, la inexistencia del seguro de caza, supone una falta penal con una multa de 1 a 2 meses.


Este seguro, exige una responsabilidad civil mínima de 90.151,82€, la importancia de este seguro hace que sea imposible obtener la licencia de caza (para todos aquellos que se dediquen a esta actividad con armas de caza) si no se ha contratado un seguro de caza. Esta normativa está recogida en el Real Decreto 63/1994, de 21 de enero.

Esta póliza es obligatoria en todo el territorio español, si bien es cierto que las distintas Comunidades de Autónomas se rigen por una u otra ley de caza.

Galicia, es una de las regiones con mayor sanción administrativa a los cazadores por carecer de un seguro de caza en vigor. La multa en esta comunidad, puede alcanzar los 6.010,12 euros (desde los 601,02) además de la retirada de la licencia de caza.


Recuerda que es obligatorio contratar este seguro si vas a cazar con armas de caza. Si realizas la caza con perros, excepto en Canarias, no será necesario que contrates tu seguro obligatorio de caza, pero si debes realizar un seguro para perros de caza que te ayudará a estar protegido y a resolver los problemas que puedan derivarse de los mismos.


Gong Bembibre es Auxiliar Externo de ConsulPlan Vida Correduría de Seguros, S.L., con autorización D.G.S.F.P. clave J-2466.

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