El
objetivo esencial de la cobertura por daños estéticos es el de garantizar las
características originales de la vivienda. Es decir, hacer que la casa recupere
el aspecto que tenía antes de que se produjese la avería o el siniestro. No
obstante, se debe aclarar que, si bien la mayoría de los seguros de hogar
incluyen esta cobertura, lo más común es que la compañía de seguros se encargue
solo de reparar el daño pero no de restaurar el diseño original, este servicio
se debe contratar de manera separada, como una extensión.
¿Qué daños cubre esta cobertura?
¿Qué daños cubre esta cobertura?
Los
seguros del hogar con una cobertura por daños estéticos se encargarán de
reparar tanto los daños que haya sufrido la vivienda en sí misma como los que
se hayan producido en los objetos que se encuentran en su interior (siempre que
se tenga asegurado tanto el continente como el contenido y cuando no sea
posible reparar el objeto en cuestión).
La
inmensa mayoría de los daños estéticos que se reportan a una compañía de
seguros están provocados por el agua. Por ejemplo, si se rompe una tubería, la
cobertura por daños estéticos se encargaría de arreglar el tubo, los daños
provocados en la pared y la pintura. En el caso de que una parte del armario
también se haya dañado por culpa del agua, se repondrá el mismo.
Lo
mismo vale para las goteras, uno de los problemas más comunes que deben
solucionar los seguros de hogar. En este caso, la cobertura por daños estéticos
incluye el arreglo del techo, los daños provocados en la pintura de la pared y,
si se hubiese dañado algún mueble, la reposición del mismo o una indemnización
equivalente a su valor.
No
obstante, en este punto se deben realizar una aclaración: en dependencia del
seguro de hogar que hayas contratado, este estará en la obligación de
indemnizar el objeto dañado a valor de nuevo o teniendo en cuenta su precio en
el mercado, que normalmente es menor ya que considera el uso que se le ha dado
y su desgaste.
¿Qué daños no quedan cubiertos?
¿Qué daños no quedan cubiertos?
Los
seguros del hogar con una cobertura por daños estéticos solo cubren las averías
provocadas en la vivienda asegurada. Es decir, no contemplan los daños
estéticos causados a terceros. En este caso entra en vigor la cobertura de
responsabilidad civil que incluye la reparación de la avería pero no resarce
los daños estéticos provocados.
Otro
detalle que debes tener presente es el límite máximo de indemnización que la
aseguradora ha fijado para resarcir los daños estéticos. De hecho, en muchas
ocasiones la póliza establece una cantidad máxima, ya sea por siniestro o de
forma anual.
Finalmente,
ten en cuenta que casi siempre esta cobertura no incluye los objetos de valor o
antigüedades, los muros exteriores, las piscinas y cualquier tipo de daño que
haya sido provocado por un siniestro que no esté contemplado en la póliza.
Daños estéticos a terceros
Generalmente, la cobertura por este tipo de daños de carácter estético está diseñada para cubrir tanto los daños producidos en el contenido como también en el continente de la vivienda. Pero cuidado: sólo los daños en la vivienda del asegurado.
Imaginemos que hemos ocasionado daños estéticos al vecino de abajo. En tal caso, éstos deberían estar cubiertos por el seguro de Responsabilidad civil. Sin embargo, lo mejor es que preguntes a tu aseguradora si los daños estéticos provocados a terceros están contemplados en la póliza. (En caso afirmativo, aprovecha y pregunta también si hay un límite de gasto a cubrir y cual es).
Hay aseguradoras que, en el momento de la firma de tu póliza, te preguntan si deseas contratar este tipo de coberturas o que elijas entre unos baremos de cantidades mínimas y máximas de protección. Por eso, a pesar de que una cuota pueda parecer más atractiva económicamente, a la larga, puede suponer un desembolso considerable.
Daños estéticos a terceros
Generalmente, la cobertura por este tipo de daños de carácter estético está diseñada para cubrir tanto los daños producidos en el contenido como también en el continente de la vivienda. Pero cuidado: sólo los daños en la vivienda del asegurado.
Imaginemos que hemos ocasionado daños estéticos al vecino de abajo. En tal caso, éstos deberían estar cubiertos por el seguro de Responsabilidad civil. Sin embargo, lo mejor es que preguntes a tu aseguradora si los daños estéticos provocados a terceros están contemplados en la póliza. (En caso afirmativo, aprovecha y pregunta también si hay un límite de gasto a cubrir y cual es).
Hay aseguradoras que, en el momento de la firma de tu póliza, te preguntan si deseas contratar este tipo de coberturas o que elijas entre unos baremos de cantidades mínimas y máximas de protección. Por eso, a pesar de que una cuota pueda parecer más atractiva económicamente, a la larga, puede suponer un desembolso considerable.
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