miércoles, 21 de mayo de 2014

DUDAS SOBRE EL DISTINTIVO ITV

Es obligatorio que todos los vehículos de motor y ciclomotores circulen con la ITV pasada y con el correspondiente distintivo visible que así lo confirme.

Es cierto que este hecho genera molestias entre los conductores (sobre todo aludiendo al carácter estético del vehículo), pero la ausencia de este distintivo, puede suponer una sanción económica de 80€. El Real Decreto 1987/1985 recoge lo siguiente respecto a esta pegatina:

1. Los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección técnica periódica ostentarán en sitio bien visible un distintivo, en el que se señale la fecha en que deben pasar la próxima inspección.

2. La colocación del distintivo de inspección es obligatoria para todos aquellos vehículos que están sometidos al régimen de inspección técnica periódica.


¿Es obligatorio colocarlo en la esquina derecha superior del parabrisas?

Sí. En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se colocará en el ángulo superior derecho del parabrisas por su cara interior. La cara impresa del distintivo será autoadhesiva.

En el resto de los vehículos, el distintivo se colocará en sitio bien visible. La cara sin imprimir del distintivo será autoadhesiva.


El color de las pegatinas

Existen tres colores para las pegatinas de la ITV: verde, amarillo y rojo. Cada año se alterna el color siguiendo este orden. Por ejemplo, la de 2014 es amarilla, la de 2015 roja y la de 2016 verde.


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