domingo, 4 de mayo de 2014

PLAZO DE GRACIA (1 MES) DEL SEGURO

Periodo de tiempo durante el cual, aunque no esté cobrado el recibo de prima, surten efecto las garantías de la póliza en caso de siniestro.

La compañía de seguros tiene la obligación de conceder un mes de gracia al cliente pese a que no se haya abonado la prima correspondiente. Esto significa que durante ese mes, el seguro seguirá ofreciendo cobertura, tardar más de ese mes de gracia en proceder al pago, implicaría que el vehículo y el asegurado se quedasen sin cobertura.


La finalidad del mes de gracia sería ofrecer cobertura cuando un asegurado no hubiese satisfecho su recibo de prima por causas imputables a retrasos o deficiencias administrativas de la propia entidad aseguradora.

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