jueves, 27 de diciembre de 2012

COBERTURAS SEGUROS RESPONSABILIDAD CIVIL OBLIGATORIOS

Lo primero que deberá contratar son los seguros definidos como obligatorios por la legislación vigente. Le recordamos que la falta de suscripción de estos seguros conlleva sanciones importantes.


- Seguro Obligatorio de Automóviles: Garantiza la responsabilidad civil en que pueda incurrir el propietario de vehículos a motor por lesiones o daños causados a personas o bienes por motivo de la circulación hasta los siguientes límites:

Daños personales: 70 millones de euros por siniestro cualquiera que sea el número de víctimas.

- Daños Materiales: 15 millones de euros por siniestro.


- Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil del Cazador: Garantiza la responsabilidad civil en que pueda incurrir el cazador hasta 90.000 €, por víctima, con ocasión de la acción de cazar. (Real Decreto 63/1994 de 21 de enero).


- Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de Embarcaciones: Garantiza la responsabilidad civil del naviero o propietario de embarcaciones de recreo o deportivas hasta un límite de 120.000 € por víctima, con un máximo de 240.000 € por siniestro (Real Decreto 607/1999 de 16 de abril).


- Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil frente a terceros, para los propietarios de perros potencialmente peligrosos (Ley 50/99 de 23 de Diciembre), además de la legislación establecida por algunas Comunidades Autónomas: La cobertura mínima del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros es de 120.000 €.


¡¡¡GONG BEMBIBRE TE OFRECE TODAS ESTAS MODALIDADES DE SEGUROS!!!

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