De forma muy esquemática vamos a
explicar las diferencias entre ambos sistemas de ahorro.
LOS PLANES DE PENSIONES
Son sistemas de ahorro destinados
a crear un capital que compense la bajada de ingresos por la jubilación.
De este modo se obtiene el ahorro
fiscal: las aportaciones directas (lo que ahorras cada ejercicio fiscal) serán
deducibles de la Base Imponible del IRPF. Las imputadas se integrarán como
Rendimiento del Trabajo y se deducen íntegramente de la Base Imponible. Las
prestaciones (cuando lo cobras) se integrarán en la Base imponible del IRPF
como Rendimiento de Trabajo.
Como norma general los Planes de
Pensiones se cobrarán cuando te jubiles, aunque existen supuestos especiales
para solicitar el pago, y son:
- Por enfermedad grave:
* Periodo continuado mínimo de 3
meses.
* Requiere la intervención
clínica o tratamiento hospitalario.
* Lesión con secuelas permanentes
que incapaciten para realizar la ocupación habitual: No dé lugar a percepción
de una prestación por incapacidad.
* Suponga para el participe una
disminución de renta disponible.
- Desempleo de larga duración:
* Hallarse en situación legal de
desempleo por un periodo continuado de 12 meses.
* No tener derecho a las
prestaciones por desempleo en su nivel contributivo.
* Estar inscrito en el Servicio
Público de Empleo Estatal.
* El participe podrá hacer
efectivos sus derechos consolidados cuando: Haya estado integrado en el Régimen
de la Seguridad Social como trabajador por cuenta propia.
* Figure como demandante de
empleo durante, mínimo, los 12 meses previos a la solicitud.
LOS SEGUROS DE AHORRO
Son sistemas de ahorro destinados
a crear un capital para el futuro.
Puesto que no desgravan, son muy
flexibles y los puedes hacer efectivos en muy poco tiempo desde la
contratación.
Existen muchos tipos de seguros
de ahorro en el mercado, asegúrate de contratar uno que te permita sacar tus
ahorros cuando los necesites, y no te penalice, o lo haga al mínimo.
Por lo general, son muy flexibles:
- Puedes ahorrar más o menos
cantidad de dinero, periódicamente, según tu situación.
- Puedes dejar de ahorrar en
cualquier momento.
- Puedes hacer aportaciones
extraordinarias, cuando quieras.
- Puedes sacar una cantidad
concreta y luego devolverla, o no,
cuando quieras.
- Puedes solicitar el total de lo
que tengas ahorrado cuando quieras, siempre que cumplas con una duración mínima
de 1 año y tengas pagadas todas las cuotas del primer año.
Nota: Debido principalmente a su flexibilidad, los Seguros de Ahorro
le están comiendo terreno a los Planes de Pensiones.
No hay comentarios:
Publicar un comentario