El seguro de hogar cubre el atraco en
la calle nunca el hurto.
Esta
introducción obliga a aclarar que se entiende por ROBO en vía pública.
En la calle una persona solo puede
sufrir dos tipos de robos, el hurto o el atraco.
• El atraco es cuando existe algún
tipo de agresión o intimidación que puede ser verbal o física, a modo de
ejemplo un tirón del bolso.
• El hurto es apoderarse de un bien
sin existir ningún tipo de violencia siempre a consecuencia de una distracción,
a modo de ejemplo la sustracción de un bolso en la terraza de un bar cuando la
propietaria está distraída.
Esta consideración de hurto la podríamos extender a la desaparición del móvil en la mesa de un bar o de la cartera en el metro.
El
hurto solo quedará cubierto por el seguro de hogar, cuando el hecho se produzca
en el interior de la vivienda, nunca fuera de la misma.
Una
vez efectuadas las aclaraciones sobre la diferencia de estas dos eventualidades
que habitualmente consideramos siempre como robo, podremos entrar en las coberturas que los seguros del hogar
ofrecen en la calle.
• El hurto en la calle no está
cubierto por el seguro.
• El atraco en la calle queda cubierto
por el seguro.
¿Qué coberturas te ofrece el seguro de hogar cuando sufras un atraco en la calle?
El seguro de hogar te cubre la ropa, el dinero o los objetos que
lleves contigo en el momento de sufrir el atraco.
Cabe
señalar que esta garantía siempre tiene un límite o sea que puedes encontrarte
que el seguro no te indemnice por el 100% de los bienes sustraídos.
Fuente: Blog de Segurosbroker.com
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