lunes, 24 de marzo de 2014

EL CONGRESO APRUEBA LA REFORMA DE LA LEY DE TRÁFICO

El Congreso aprobó la reforma de la vigente ley de Tráfico que entrará en vigor al mes de su publicación en el BOE.


PRINCIPALES NOVEDADES:

1.Detectores de radar: Prohibición de utilizar detectores de radares o cinemómetros (200 euros de multa y 3 puntos de pérdida en el carné de conducir). Eso sí, estará permitido circular con navegadores que avisan de la presencia de radares.

2. Niños: Se prohíbe que los niños de menos de 1,35 metros de altura vayan en los asientos delanteros, salvo que todos los traseros estén ocupados. Los agentes podrán inmovilizar el vehículo si el menor no utiliza sistemas de retención infantil homologados.

3. Ciclistas: La nueva ley obliga al uso del casco a los ciclistas menores de 16 años en las ciudades (ya es obligatorio en las vías interurbanas). Los agentes no podrán inmovilizar la bicicleta a quienes incumplan este requisito. Los ciclistas podrán circular por debajo de la velocidad mínima establecida, fijada en el 50% del límite máximo.

4. Velocidad: Aumento puntual del límite a 130 km/h en autopistas y autovías. En el texto tramitado no se especifica cómo se fijarán estos límites y se remite al Reglamento General de Circulación posterior que desarrolle esta ley. Los lugares con prohibiciones u obligaciones específicas de velocidad serán señalizados, según indica el proyecto de ley del Gobierno.

5.Zonas de 20 y 30 en las ciudades: En determinadas vías urbanas se reducirán los límites máximos de velocidad a 20 y 30 Km/h.

6.En las carreteras convencionales la velocidad máxima será de 90 km/h: Incluso podría reducirse a 70 km/h, en función de la anchura del carril (no del arcén, como hasta ahora).

7.Los agentes podrán multar sin necesidad de inmovilizar el vehículo: Cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control del tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.

8. Pagar multas: Se amplía a 20 días el plazo para pagar multas con el 50% de descuento.

9. Conductores extranjeros: La ley incluye cambios para los conductores extranjeros, ya que los que residan o tengan un establecimiento en España estarán obligados a matricular definitivamente en España a los vehículos que se utilicen en territorio. Quienes conduzcan con un vehículo de otro país de la UE podrán ser multados en el caso de que cometan alguna infracción.

10. Alcohol y drogas: Por conducir bajo los efectos del alcohol la multa será de 500 euros. Si se duplica la tasa permitida o se es reincidente la multa será de mil euros. Se prohíbe conducir con presencia de drogas ilegales en el organismo, a excepción de las que se utilicen por prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica (por ejemplo metadona). Conducir bajo sus efectos será multado con 1.000 euros.


OTRAS NOVEDADES:

- Las grúas que acudan a realizar un servicio de auxilio en carretera tendrán prioridad de paso, pese a no considerarse vehículos prioritarios.

- Los vehículos prioritarios (como las ambulancias) usarán una luz azul, aunque se trata de otro aspecto que se desarrollará en el Reglamento General de Circulación.

- La caída de la carga de un vehículo en la vía, creando así un peligro para el resto de usuarios, será una infracción grave (200 euros de multa).

- En un accidente que suceda en cotos de caza, el conductor será el responsable del atropello de los animales, no los dueños de los animales.


Autoescuela GONG te mantendrá informad@ sobre la entrada en vigor de las nuevas normas de Tráfico.

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