miércoles, 20 de mayo de 2015

OBLIGACIONES AL REPOSTAR COMBUSTIBLE

Al repostar combustible, el conductor de un vehículo, está obligado a interrumpir el funcionamiento de:
- El motor.
- Las luces.
- Los sistemas eléctricos como la radio.
- Los dispositivos emisores de radiación electromagnética como los teléfonos móviles.


Nota: Aunque los tres primeros apartados (motor, luces y radio) son conocidos por los conductores en general, la obligatoriedad de desconectar el teléfono móvil es ignorada por la mayoría de los usuarios.

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