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el tomador y sólo él puede cambiar el mediador de su póliza.
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debiendo comunicarlo a la entidad Aseguradora.
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la cual puede aceptar el cambio (sin que afecte al Contrato de Seguro pactado)
o no aceptarlo en cuyo caso deberá así indicárselo al tomador.
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ante lo cual podrá este variar nuevamente la persona del mediador de su póliza
o no renovar la misma a su futuro vencimiento.
El
cambio de la posición mediadora en un
contrato de seguro constituye un derecho
del tomador del seguro, que en todo
momento podrá ejercitar comunicándolo así a la entidad Aseguradora, que salvo
que lo rechace expresamente (caso extraño) quedará vinculada con el nuevo
mediador designado.
Si
estás content@ con la compañía con la que tienes contratado el seguro, pero no
lo estás tanto con la gestión de tu mediador, debes saber que siempre puedes
solicitar el cambio.
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