El Reglamento (U.E.) 1169/2011 , de 25 de octubre, sobre la información alimentaria facilitada a los consumidores se ha convertido de aplicación obligatoria a partir del 13 de diciembre de 2014. Una de las novedades más importantes de la norma es la necesidad de identificar los catorce grupos de alimentos que pueden provocar alergias o intolerancias a los consumidores y que se relacionan en el anexo II del consumidor, cuando estos grupos de alimentos se utilizan en el proceso de fabricación o preparación de un producto alimenticio.
Esta información, además de darse al etiquetado de los productos envasados, también se ha de ofrecer a los consumidores en el caso de los alimentos que se ofrezcan sin envasar, los envasados en los lugares de venta a petición del comprador/a , y los envasados para su venta inmediata.
¡¡¡GONG BEMBIBRE TE OFRECE LA FORMACIÓN PARA ALERGIAS ALIMENTARIAS!!!
No hay comentarios:
Publicar un comentario